domingo, 5 de junio de 2011

DEDUCCIÓN POR GASTOS EDUCACIÓN RENTA 2010

Para cubrir los gastos que tienen una vinculación directa con las etapas formativas correspondientes a la Enseñanza Obligatoria y para fomentar el conocimiento de idiomas, desde el 1 de enero de 2009 se aplica una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por los gastos educativos soportados durante la Enseñanza Obligatoria y por la enseñanza de idiomas.
La deducción es del 10% de los gastos satisfechos por gastos de escolaridad y de vestuario de uso exclusivo escolar durante la Enseñanza Obligatoria, así como de los gastos por enseñanzas de idiomas.

2 comentarios:

  1. Interesante artículo, pero inexacto y desactualizado.
    Primero matizar que sólo aplica en la Comunidad de Madrid.
    Segundo añadir que a partir del 2011 (declararemos en 2012) aumentan los porcentajes, el importe máximo desgravable pasa a ser de 900 euros y el límite de base imponible familiar para acogerse pasa a ser de 30.000 euros por miembro de familia.

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  2. Ok, tomamos nota y lo publicamos
    gracias

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Adri

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